Dictamen de Invalidez

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Si no estás de acuerdo con el grado, la naturaleza y/o fecha de ocurrencia de tu Dictamen de Invalidez, puedes usar los recursos de impugnación, tales como: reconsideración o apelación, según corresponda.

  • Reconsideración

    Reconsideración

    Reconsideración

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    Este recurso se puede presentar dentro de los 15 días útiles después de recibir la notificación y dictamen por el COMAFP. Puedes realizarla a través de nuestra Agencia Virtual por la opción "Continuar con mi Solicitud".

    -Si eres afiliado, hazlo aquí.

    -Si eres beneficiario, hazlo aquí.


    Tu solicitud será enviada a la COMAFP.

  • Apelación

    Apelación

    Apelación

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    Este recurso se puede presentar dentro de los 15 días útiles después de recibir la notificación y dictamen por el COMAFP. Puedes realizarla en la plataforma que mejor se acomode a tus preferencias:

    1.- Directamente en el formulario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Hazlo aquí.
    Aquí podrás también hacerle seguimiento a tu solicitud de apelación y programar una cita médica si es lo que corresponde.

    2.- A través de nuestra Agencia Virtual por la opción "Continuar con mi Solicitud". Tu solicitud será enviada a la COMAFP.

    -Si eres afiliado, hazlo aquí.

    -Si eres beneficiario, hazlo aquí.

    3.- En nuestras Agencias de Lima, Trujillo y Arequipa. Tu solicitud será enviada a la COMAFP. Encuentra nuestras agencias aquí.

 

El COMEC dispondrá de un plazo de quince (15) días para resolver la apelación, contados a partir del día útil siguiente a aquel en que recibe la apelación, el resultado de los exámenes o análisis requeridos, o los informes o antecedentes solicitados, según corresponda. Una vez emitido el dictamen en segunda instancia, el COMEC procederá a notificarte.


Si deseas realizar una consulta con el COMAFP puedes comunicarte al (511) 618-6980.

Ten en cuenta que:

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Para los trámites que requieran poder para representación legal, se deberán presentar adicionalmente los siguientes documentos:

  • >

    Copia simple de documento de identidad vigente con estado civil actual (último emitido por RENIEC).

  • >

    Original de la vigencia de Poder otorgado por SUNARP o ficha registral inscrito en SUNARP con antigüedad máxima de 6 meses.

  • >

    Copia legalizada del Testimonio, tiene que ser específico para el trámite. Debe tener una antigüedad máxima de 6 meses.

Importante

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Si se exceden los 15 días y no presentaste ningún recurso de impugnación, puedes:

  • >

    Solicitar al Comité Médico de la SBS (COMEC) la revisión de oficio del dictamen, o;

  • >

    Presentar el caso ante el Poder Judicial.

Para mayor información sobre los pasos a seguir, plazos y requisitos ingresa a nuestra Folletería Digital. Hazlo aquí.